La Secretaría de Economía publicó en el DOF de fecha 20/01/2017, el Decreto citado al rubro el cual entrará en vigor el día siguiente de su publicación.
Sobre el particular, dicho Acuerdo establece el arancel-cupo exento, aplicable a la importación de papa, tomate (jitomate), cebolla, chile fresco, manzana, y chile seco, siempre que el importador cumpla con los requisitos que determine la Secretaría de Economía para tal efecto y cuente con un certificado de cupo expedido por la misma.
En el siguiente archivo se indica la tabla de los productos y fracciones arancelarias contempladas en el referido Decreto:
Cupos